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Desde junio de 2024, Medellín inició el proceso de actualización catastral en las comunas 11-Laureles, 12-La América, 14-El Poblado y el corregimiento de Santa Elena. Este proceso, de carácter normativo y obligatorio, tiene como objetivo actualizar la base de datos de los predios en estas zonas, en el marco del catastro multipropósito.
La actualización catastral es clave para garantizar una gestión territorial eficiente y ordenada, alineada con las transformaciones urbanas, jurídicas y económicas de la ciudad. Durante el levantamiento inicial, se identificaron los cambios físicos en los predios de estas comunas, lo que permitió calcular el avalúo catastral mediante técnicas masivas.
Además, la información recolectada servirá como insumo para la Secretaría de Hacienda en la liquidación del impuesto predial, asegurando una mayor precisión en la determinación de los valores tributarios y contribuyendo a una mejor planificación urbana en Medellín.
Además, la información obtenida en la actualización de 2024 sirvió de insumo para que la Secretaría de Hacienda hiciera la liquidación del impuesto predial incluyendo al valor catastral y proceder con dichos cobros durante este 2025, basándose en el Estatuto Tributario de Medellín (Acuerdo 93 de 2023) y la Ley 19195 de 20219.
Cabe resaltar que para las comunas y corregimiento que no fueron objeto de esta actualización, se efectúo un reajuste en los avalúos catastrales, aplicando un incremento del 3% al Decreto 1609 del 27 de dici8embre de 2024 del Departamento Nacional de Planeación, y adoptado bajo la resolución número 7935 del 27 de diciembre de 2024, expedida por la Alcaldía de Medellín.
Este el calendario tributario de Medellín para la vigencia 2025 que contempla los plazos para el pago del impuesto predial ubicado para los inmuebles administrados bajo la figura de patrimonio autónomo, así: La primera cuota del 27 marzo del 2025 al 27 de marzo. La segunda cuota del 28 de mayo de 2025 con recargo al 26 de junio de 2025. Tercera cuota del 29 de agosto de 2025 al 26 de septiembre de 2025 y la cuarta cuota del 1 de diciembre de 2025 y con recargo hasta el 26 de diciembre de 2025.
La liquidación y facturación se efectuará en un segundo ciclo, la primera semana de febrero de 2025. Por este motivo, para el primer semestre se estableció una única fecha de pago, sin generación de intereses moratorios. Los propietarios o poseedores podrán presentar en cualquier momento, solicitud de revisión del avalúo catastral cuando considere que el valor no se ajusta a las características y condiciones del predio, para ello deberán presentar pruebas que justifiquen su solicitud. La Subsecretaría de Catastro resolverá dicha solicitud dentro de los tres meses siguientes a la radicación.